“Sólo se podrá acusar por vía penal a aquellos ciudadanos que, después de haber perdido todos los puntos del carnet, sigan conduciendo. En este caso, les será retirado su permiso por un plazo entre uno y cuatro años e incluso podrán ir a prisión. Pero, sin embargo, no podrán ser acusados de delito aquellos otros que conduzcan sin haber obtenido jamás el permiso de conducir o dispongan de uno expedido en cualquier país que España no ha convalidado y, por consiguiente, no reconoce como tal”.

Palabras del fiscal de Seguridad Vial Bartolomé Vargas.

En la actualidad, estos conductores sin titulación tan sólo podrán ser sujetos de expedientes administrativos (que a lo sumo acabarán con una sanción económica) pero no llegarán jamás a comparecer ante un juez.

Dicen ser lagunas a mejorar en el actual Código Penal en materia de seguridad vial. Laguna no! Agujeros negros…

  • Facebook
  • email
  • Twitter

Entradas relacionadas:

  1. PERMISO X PUNTOS